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Marketing de eventosGuía práctica

Street marketing: qué es, qué formatos hay y qué permisos necesitas para hacerlo en la calle

Antes de montar nada en la acera, hay un trámite municipal que decide si la acción sale adelante o se queda en una idea. Esto es lo que pide de verdad una ordenanza real.

30 Oct 2026·7 min de lectura·GranVia Productions

<p>Buscas «street marketing» y lo primero que encuentras es la misma definición repetida cien veces: que si es una estrategia no convencional, que si rompe la rutina diaria, que si tiene potencial viral. Lo que casi ningún artículo cuenta es la parte que de verdad frena a quien quiere montar algo real en la calle: qué permiso hace falta, con cuánta antelación hay que pedirlo y cuándo exige seguro. Vamos con eso, apoyados en una ordenanza municipal real, abierta y citada, no en generalidades.</p>

01Qué es el street marketing y qué formatos existen

El street marketing consiste en llevar una marca a la calle con una acción que la gente vive en directo: un mueble urbano intervenido, una performance, una instalación temporal en una plaza. Va mucho más allá de pegar carteles o repartir flyers. Se define como una estrategia de comunicación que usa el espacio público para comunicar de forma directa, sin pasar por un medio de publicidad tradicional[1].

Los formatos más habituales son:

  • Intervenciones en mobiliario urbano: una marquesina, un banco o una papelera convertidos en soporte de la marca.
  • Puntos de distribución o degustación en un punto fijo de paso, con mesa o expositor.
  • Performances o instalaciones temporales en una plaza o calle peatonal.
  • Activaciones vinculadas a un evento ya autorizado, como una feria o un mercado.

Lo que casi nadie explica es que, en el momento en que cualquiera de estos formatos ocupa un trozo de calle, deja de ser solo una idea creativa. Pasa a ser una ocupación de vía pública, y eso tiene su propio papeleo, con plazos que no perdonan si la fecha ya está cerrada con el cliente.

02Qué permiso pide el ayuntamiento para ocupar la calle

Cada ayuntamiento tiene su propia ordenanza de ocupación de la vía pública, pero casi todas comparten la misma lógica. La del Ayuntamiento de Alicante, aprobada en 2026, es un buen ejemplo porque dedica una sección entera a este tipo de acciones, bajo el nombre de «actividades divulgativas, promocionales y de distribución de prensa gratuita»[2].

Para este tipo de actividad, la ordenanza exige:

  • Presentar la solicitud con una antelación de entre un mes y tres meses antes de la fecha de la acción.
  • Reducir ese plazo a diez días hábiles solo si el punto es único, no lleva instalaciones eventuales ni equipos eléctricos y no afecta a calzada ni a zonas ajardinadas.
  • Guardar una distancia mínima de 50 metros entre un punto promocional y otro de naturaleza similar, que sube a 100 metros si la acción la organiza un partido político.
  • No superar los 50 puntos simultáneos por solicitante en toda la ciudad.

Lo que no pide permiso, según la misma ordenanza, es el mero reparto de publicidad de mano en mano, sin mesa, sin caballete y sin ocupar un espacio concreto de la acera[2]. En cuanto aparece una mesa, un expositor o una carpa, ya hace falta autorización.

03El seguro de responsabilidad civil, el paso que más se salta

El seguro de responsabilidad civil es el documento que más se olvida y el primero que pide cualquier ayuntamiento. En Alicante, la ordenanza fija una cuantía mínima de 180.000 euros para las ocupaciones de vía pública que, como las acciones promocionales, no encajan en ninguna otra normativa sectorial con un mínimo propio[2].

La cifra exacta cambia de un municipio a otro y de una comunidad autónoma a otra. En Galicia, por ejemplo, el seguro obligatorio para espectáculos públicos y actividades recreativas se desarrolla por decreto autonómico y la cuantía mínima varía según el aforo previsto del acto[3]. No existe una cifra única válida para toda España: hay que mirar la ordenanza municipal y, si la acción tiene algo de espectáculo o aforo de público, también la norma autonómica correspondiente.

Si la acción te queda grande, hay equipo que ya ha hecho este papeleo

Montar algo en la calle con garantías implica coordinar permiso, seguro y producción técnica a la vez, con plazos que no siempre encajan con el calendario del cliente. En GranVia Productions nos encargamos de la parte técnica y logística de activaciones en espacio público, para que la idea no se quede parada en la ventanilla del ayuntamiento.

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04Ruido y horario: lo que casi nadie mira primero

El ruido es el segundo motivo por el que una acción de calle recibe una queja vecinal o una visita de la Policía Local. Las ordenanzas de ocupación remiten casi siempre a la normativa municipal específica de contaminación acústica, que fija los decibelios máximos según la zona y la hora del día[2].

En cuanto al horario, la ordenanza de Alicante limita estas actividades divulgativas y promocionales a la franja de 8:00 a 23:00 horas, con una excepción: si la acción consiste en repartir prensa gratuita, el horario se recorta hasta las 13:00[2]. Son franjas pensadas para no entrar en conflicto con el descanso vecinal, no para la conveniencia de quien monta la acción, y conviene revisarlas antes de prometer un horario al cliente.

05Cómo se tramita en la práctica: un ejemplo paso a paso

Así se ve el trámite en la práctica, tomando como referencia una ordenanza real:

PasoQué hacerPlazo
1. SolicitudPresentar instancia con memoria de la actividad, ubicación y mobiliario a emplear1 a 3 meses antes (10 días hábiles si es un único punto sin instalaciones)
2. SeguroAportar certificado de responsabilidad civil con la cuantía mínima exigidaAntes de la resolución
3. UbicaciónComprobar distancias mínimas a otros puntos autorizados y a elementos urbanosEn la propia solicitud
4. ResoluciónEsperar la autorización municipal expresa antes de montar nadaHasta 3 meses (silencio desestimatorio si no llega)
5. MontajeRespetar horario y ruido autorizados, y retirar todo al finalizarEl día de la acción

El punto que más se salta es el cuarto. Montar antes de tener la resolución expone a que un agente de la Policía Local pare la acción en marcha, con el coste y la mala imagen que eso supone delante del cliente y del público.

06Errores que vemos desde el equipo técnico

Desde el equipo que monta este tipo de acciones, el fallo que más se repite es de calendario, no de diseño. Se cierra la idea creativa dos semanas antes de la fecha prevista y no queda margen para tramitar nada con el ayuntamiento.

También falla asumir que, porque la acción ya está pactada con el centro comercial o el local que la acoge, no hace falta nada más. El permiso del propietario del espacio y la autorización de ocupación de la vía pública son trámites distintos, los pide administraciones distintas y uno no sustituye al otro. Y dar por hecho que el seguro de la empresa organizadora ya cubre la acción tampoco suele funcionar: casi nunca cubre los daños a terceros en la calle con la cuantía mínima que exige el ayuntamiento, así que toca revisarlo con tiempo, no el día de la acción.

07Cuándo no hace falta pedir permiso

No todo necesita autorización municipal. Si la acción se reduce a un reparto de mano en mano, sin mesa, sin caballete y sin ocupar un punto fijo de la acera, la ordenanza de Alicante lo excluye expresamente de la necesidad de permiso[2]. En el momento en que aparece cualquier mobiliario, aunque sea una mesa plegable, el reparto pasa a ser una ocupación y sí necesita autorización.

Tampoco hace falta pedir permiso municipal de ocupación cuando la acción se desarrolla dentro de un espacio privado con acceso público, como el interior de un centro comercial. Ahí manda el propietario del espacio, no el ayuntamiento, aunque conviene pedir igualmente esa autorización por escrito para evitar problemas si algo sale mal.

08Preguntas frecuentes

¿Necesito permiso para hacer street marketing en la calle?

Si la acción ocupa un punto fijo con cualquier mobiliario, mesa o instalación, sí. El mero reparto de mano en mano sin ocupar espacio suele quedar excluido, según confirma la ordenanza de ocupación de vía pública de Alicante.

¿Cuánto seguro de responsabilidad civil hace falta?

Depende del municipio. En Alicante, la cuantía mínima para este tipo de ocupación es de 180.000 euros cuando la actividad no tiene un mínimo específico fijado por otra normativa.

¿Con cuánta antelación hay que pedir el permiso?

Entre uno y tres meses antes, según la ordenanza de referencia. El plazo se reduce a diez días hábiles si es un único punto sin instalaciones eventuales ni afección a calzada o zonas ajardinadas.

¿Puedo montar la acción mientras espero la resolución?

No. Hasta que no llega la autorización expresa, la ocupación no está permitida, y un agente de la Policía Local puede parar la acción si la encuentra montada sin ella.

¿El permiso del centro comercial sustituye al del ayuntamiento?

No. Si la acción se desarrolla en la calle, el permiso del propietario privado y la autorización de ocupación de vía pública son trámites independientes y hacen falta los dos.

Una acción de calle es solo una pieza del evento

Cuando el street marketing forma parte de un lanzamiento o una campaña más grande, conviene pensarlo junto con el resto del evento: producción técnica, personal y protocolo, para que todo encaje en el mismo calendario de permisos y nadie se entere del problema el día de antes.

Fuentes

  1. Conoce en qué consiste el Street Marketing - Blog IEP — Definición y características generales del street marketing como estrategia de marketing offline.
  2. Ordenanza reguladora de la ocupación temporal de la vía pública mediante actividades y espectáculos de carácter comercial, recreativo, sociocultural y otros análogos - Ayuntamiento de Alicante (BOP nº 110, 12-06-2026) — Regula como «actividades divulgativas y promocionales» (arts. 79-83) los plazos, el seguro mínimo (art. 8) y las distancias para ocupar la calle con fines comerciales, y excluye el mero reparto de publicidad sin mobiliario (art. 3.j).
  3. Regulación de las condiciones requeridas en las actividades y espectáculos públicos de Galicia - derecholocal.es — Ejemplo de cómo una comunidad autónoma desarrolla por decreto el seguro obligatorio de responsabilidad civil, con cuantías mínimas según el aforo previsto.
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